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I RONDA - 2006
Se prohíbe totalmente cualquier forma de publicidad, promoción y patrocinio del tabaco.
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II RONDA - 2009
Las advertencias que deben hacerse de acuerdo con esta Ley (LEY 13 DE 2009).
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III RONDA - 2011
Advertencia Sanitaria establecida por el Ministerio de Salud.
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IV RONDA
Le corresponderá al Ministerio de Salud informar sobre las consecuencias sanitarias.
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V RONDA
La presente Ley tiene por objeto adoptar medidas para proteger la salud de la población panameña.
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VI RONDA - 2015
Proteger la salud de la población panameña del efecto nocivo y de los perjuicios que tiene el tabaco.
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VII RONDA - 2016
Los temas contenidos en las advertencias sanitarias serán establecidos por el Ministerio de Salud.
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VIII RONDA - 2017
Durante cada periodo rotativo circularán en el mercado nacional cinco clases de advertencias sanitarias.
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IX RONDA - 2018
Las advertencias sanitarias se colocarán en la parte inferior de los envases, con excepción de la base.