Convenio para el Control de Tabaco y reunión de las partes del Protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco

Convenio para el Control de Tabaco y reunión de las partes del Protocolo para la eliminación del comercio ilícito de productos de tabaco

  • Se trata de un acuerdo marco internacional ratificado por 182 países en el mundo que se convierten en las Partes de este tratado.
  • Los Estados se comprometen a realizar todas las acciones necesarias para evitar el consumo de tabaco y sus derivados, además de la exposición al humo de estos productos.

 

La Conferencia de las Partes (COP) y la Reunión de las Partes del Protocolo para la Eliminación del Comercio Ilicito de Productos de Tabaco (MOP) se realizarán en Panamá, son las convenciones donde se analizarán, discutirán y tomarán decisiones sobre temas inherentes al Convenio para el Control del Tabaco y al Protocolo, orientadas a proteger a las generaciones contra las consecuencias del consumo de tabaco y de la exposición al humo.

Dentro de los pilares de este encuentro se encuentran, proporcionar un marco para el control del tabaquismo a nivel mundial por parte de los signatarios que también se ha de aplicar de manera regional y nacional a fin de reducir la prevalencia del consumo y la exposición al humo de tabaco. 

Se hace énfasis en la importancia de que la población se mantenga informada sobre las consecuencias del tabaquismo, la adicción que provoca y la amenaza mortal de su consumo o exposición al tabaco, para así contemplar medidas legislativas para evitar la exposición al mismo.

Se recalcará el compromiso de los Estados parte para prevenir la participación e interferencia de la industria tabacalera y reducir el consumo de este producto y sus derivados, en las cuales se deben tomar en cuenta a los grupos indígenas y considerar de igual manera la perspectiva de género.

Además, las partes han de garantizar la cooperación internacional en todos los ámbitos, al igual que la asistencia técnica, financiera y la participación de la sociedad civil.

Entre las obligaciones para los signatarios está la actualización de la normativa para así poder continuar con el ataque frontal al consumo de tabaco, de manera que establecerán un coordinador nacional para las actividades de control de consumo del tabaco, adoptarán las medidas, según fuese necesario, para elaborar políticas para prevenir la adicción y la exposición al humo de tabaco.

Las acciones a realizar deben garantizar en paralelo la ejecución de este acuerdo, que son contrarios a los intereses de las empresas tabacaleras, priorizando en la salud de la ciudadanía; igualmente destaca el documento que la conferencia de las partes es el máximo organismo de gobernanza del tratado.

Se establece que las reuniones serán bianuales y para su funcionamiento se pueden realizar reuniones extraordinarias si se consideran oportunas, se establecerá un presupuesto para su funcionamiento, se promueve la utilización de estrategias, planes y políticas que realicen a lo interno las Partes.

También se establecen los mecanismos de participación de los observadores para aquellos Estados que no formen parte del Convenio o del Protocolo, así como de las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales, de los medios de comunicación y del público en general para que puedan asistir a las reuniones.

 

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